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Pensiones · Publicado el 13 de julio de 2023

Auxilio funerario para beneficiarios de pensionados y afiliados

Publicado el 13 de julio de 2023. Este análisis refleja las normas y la jurisprudencia de esa fecha y puede no incluir cambios posteriores, como los de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), que aún no está vigente.

El auxilio funerario es un beneficio que muchos pensionados y afiliados a fondos de pensiones desconocen. Un auxilio cuya suma de dinero que puede variar entre cinco y más de 10 millones de pesos.

En este artículo, te proporcionaré toda la información que necesitas para comprender quiénes tienen derecho a este beneficio, cuánto equivale y qué requisitos debes cumplir para reclamarlo.

¿Qué es el Auxilio Funerario?

El auxilio funerario es una prestación económica establecida en la Ley 100 de 1993. Se otorga cuando fallece un afiliado o pensionado del sistema pensional, ya sea trabajador dependiente, trabajador independiente o pensionado. Su propósito es cubrir los gastos fúnebres o de entierro del afiliado o pensionado fallecido. Es importante destacar que el auxilio funerario aplica tanto para el régimen público de Colpensiones como para el régimen privado de los fondos privados.

¿A cuánto equivale el Auxilio Funerario?

El monto del auxilio funerario depende de si la persona fallecida era un afiliado o un pensionado. Sin embargo, es importante mencionar que la ley no establece una base mínima para el reconocimiento de esta prestación económica, pero sí un límite superior.

Esto significa que el auxilio funerario no puede ser inferior a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes ni superior a 10 veces dichos salarios. Es decir que, a 2023, mínimo sería de 5.800.000 pesos y máximo de 11.600.000 pesos.

  • Si el fallecido era un afiliado, el auxilio funerario equivale al último salario base de cotización.

  • Si el fallecido era un pensionado, el auxilio funerario será equivalente al valor de la última semana o mesada pensional.

¿Quién puede solicitar el Auxilio Funerario?

Todas las personas que puedan demostrar el pago de los gastos fúnebres tienen derecho a solicitar el auxilio funerario. No es necesario ser familiar del afiliado o pensionado fallecido para hacer la solicitud.

Lo único que se debe acreditar es el efectivo pago de los gastos, ya sea a través de copias de facturas de venta o mediante contratos exequiales o pólizas de seguros.

En este caso, se debe presentar la certificación correspondiente emitida por la entidad encargada.

Es importante destacar que esta prestación económica solo puede ser reconocida después de haber incurrido en los gastos y no antes. Sin embargo, las personas beneficiarias de una pensión de sobrevivientes están excluidas de causar derecho al auxilio funerario.

¿Hasta cuándo se puede solicitar el Auxilio Funerario?

Según lo establecido por la ley, la solicitud del auxilio funerario debe realizarse dentro del año siguiente al fallecimiento del afiliado o pensionado. Es fundamental presentar la solicitud dentro de este plazo, ya que si no se hace a tiempo, se perderá la posibilidad de reclamar la suma de dinero.

Documentos requeridos para reclamar el auxilio.

Para solicitar el auxilio funerario, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Formato de solicitud de prestación económica del fondo correspondiente.

  • Copia del registro civil de defunción del afiliado o pensionado fallecido.

  • Documento de identidad del solicitante.

  • Documentos adicionales que respalden los gastos sufragados, como facturas debidamente canceladas en caso de pagos realizados, o copias de contratos o pólizas de seguros, según corresponda.

  • Es recomendable verificar en la página web del fondo de pensiones correspondiente para asegurarse de tener todos los documentos completos y actualizados.

¿Qué hacer si la solicitud es negada?

En caso de que la solicitud de reconocimiento del auxilio funerario sea negada, se pueden tomar las siguientes acciones:

  • Oponerse a la decisión y presentar los recursos correspondientes.

  • Interponer una demanda laboral para que un juez de la República obligue al fondo de pensiones a pagar la prestación.

El auxilio funerario es un derecho que muchas personas desconocen o no reclaman a tiempo. Es importante estar informado sobre este beneficio y cumplir con los requisitos necesarios para su solicitud.

¿Quiere saber cómo lo afecta a usted?