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Laboral · Publicado el 3 de agosto de 2023

Subordinación encubierta: trabajadores ganan demanda a un ingenio azucarero

Publicado el 3 de agosto de 2023. Este análisis refleja las normas y la jurisprudencia de esa fecha y puede no incluir cambios posteriores, como los de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), que aún no está vigente.

En Colombia, es común que las empresas contraten empleados bajo figuras como prestación de servicios, contratistas autónomos o cooperativas de trabajo asociado, mientras que en la práctica les exigen cumplir horarios y asumen la subordinación laboral. Esta mala praxis vulnera los derechos laborales de las personas contratadas.

Por esta razón, cinco corteros de caña de azúcar en el Valle del Cauca iniciaron una larga batalla legal contra el ingenio Pichichi, uno de los más grandes del país. Al final, lograron vencer, demostrando que los pequeños pueden derrotar a los gigantes.

Trabajadores ganan demanda a Ingenio azucarero por subordinación encubierta.

En Colombia, es común que las empresas contraten empleados bajo figuras como prestación de servicios, contratistas autónomos o cooperativas de trabajo asociado, mientras que en la práctica les exigen cumplir horarios y asumen la subordinación laboral. Esta mala praxis vulnera los derechos laborales de las personas contratadas.

Por esta razón, cinco corteros de caña de azúcar en el Valle del Cauca iniciaron una larga batalla legal contra el ingenio Pichichi, uno de los más grandes del país. Al final, lograron vencer, demostrando que los pequeños pueden derrotar a los gigantes.

Antecedentes de la demanda.

A continuación, te contamos los antecedentes más relevantes en este caso que derivó en un fallo favorable para los corteros.

El uso de cooperativas encubría la relación laboral.

El ingenio Pichichi, uno de los más grandes del país, utilizaba cooperativas de trabajo asociado y otras figuras similares para encubrir las verdaderas relaciones de trabajo con los corteros de caña, quienes realizan un trabajo extenuante bajo el intenso sol, día tras día.

Aunque estos trabajadores realizaban labores bajo la subordinación del ingenio, no recibían prestaciones sociales, beneficios laborales ni protección ante los altos riesgos en el lugar trabajo, teniendo en cuenta las características de su labor, que repetitiva y con pacora en mano, se incrementa por las largas jornadas laborales, las inclementes condiciones climáticas y las grandes hectáreas de caña por trabajar.

La subordinación debería implicar que el trabajador acceda a todas las garantías de ley, propias de un contrato de trabajo. Sin embargo, ello no ocurría en el ingenio azucarero.

Las empresas se aprovechan del desconocimiento de los “empleados” y en muchos casos se llega a amenazarlos con no poder volver a trabajar en ningún lugar, atentando contra su derecho al buen nombre y al trabajo digno.

La lucha de los trabajadores.

Los corteros se asesoraron y presentaron su inconformidad ante el ingenio solicitando el reconocimiento de sus derechos laborales.

Ante la negativa del ingenio a reconocer sus derechos laborales, con la argucia de que eran libres de renunciar cuando quisieran, los corteros elevaron su lucha al siguiente nivel, llevando su caso a instancias judiciales que tuvieron los siguientes hitos:

  • Fallo desfavorable en primera y segunda instancia.

  • Fallo favorable por parte de la Corte Suprema de Justicia.

La respuesta del juez de circuito, y luego de los tres magistrados del tribunal al fallar a favor del Ingenio Pichichí, quien siempre negó la existencia de la relación laboral, fue que los cinco trabajadores fueron contratados por una cooperativa de trabajo asociado de la cual, supuestamente, ellos voluntariamente habían hecho parte, y posteriormente por una sociedad comercial que los vinculó.

Es decir, que la relación directa de los corteros de caña siempre fue con terceros y nunca con el Ingenio.

Argumentos de los demandantes.

En la demanda presentada, los demandantes presentaron las siguientes pruebas que, a grandes rasgos, demuestra la subordinación al ingenio:

  • Prestaban sus servicios de forma continua y bajo subordinación del Ingenio.

  • Tenían estipulados horarios fijos de trabajo.

  • Recibían órdenes directas del ingenio y sus empleados.

  • Realizaban las labores con herramientas que eran propiedad del ingenio.

  • No recibían prestaciones sociales, pese a las situaciones anteriores. Eran como trabajadores de segunda clase que no gozaban de los mismos derechos que los demás trabajadores del ingenio.

Fallo de la Corte Suprema. Argumentos a favor de los trabajadores.

La Corte Suprema de Justicia encontró dos líneas argumentativas clave para fallar a favor de los trabajadores:

La presunción de laboralidad.

Los corteros de caña demostraron la prestación personal de sus servicios en el Ingenio Pichichí.

Y en virtud de esa prestación personal del servicio estaban amparados bajo la presunción de existencia de un contrato de trabajo.

Prueba que el Ingenio no pudo desvirtuar.

La primacía de la realidad sobre las formas.

Concluyó la Corte que de las pruebas arrimadas al caso se evidenció que el Ingenio ejercía una injerencia permanente e indebida, tanto en la cooperativa como en la sociedad comercial, quienes supuestamente habían vinculado a los corteros de caña, y que todo ello hacía parte de su estrategia para ocultar la verdadera relación de trabajo y subordinación.

Adicionalmente, dijo la Corte, se demostró que ni la cooperativa ni la sociedad por medio de las cuales fueron contratados los corteros de caña contaban con las herramientas y medios operacionales para ejecutar las labores respectivas, y que, por el contrario, siempre se requirió la estructura empresarial del Ingenio.

Estas entidades subcontrataron los servicios de los cinco corteros de caña actuando como simples intermediarios del ingenio y no era aceptable que este se pretendiera escudar en la figura de la tercerización laboral.

Por el contrario, de acuerdo con el principio de la primacía de la realidad sobre las formas y lo demostrado en el proceso, y sin importar lo que decía en el papel o contrato que habían firmado, ellos eran verdaderos trabajadores del ingenio.

Las cooperativas de trabajo «no pueden ser instrumentalizadas para disfrazar ni ocultar la existencia de una verdadera relación laboral».

Y esto es aplicable no solo a las cooperativas de trabajo, sino a cualquier figura que se utilice para desconfigurar o pretender disfrazar la existencia de un contrato de trabajo para transgredir y desconocer los derechos laborales, como ocurre también y lo vemos día a día, con los famosos contratos sindicales, que, en suma, son las nuevas cooperativas de trabajo asociado.

Condena e importancia de la sentencia frente a la subordinación encubierta.

Al demostrarse el hecho, la Corte Suprema condenó al ingenio Pichichi a pagar todas las prestaciones sociales y beneficios laborales a los cinco corteros de caña.

Esta sentencia tiene implicaciones para aquellos que enfrentan subordinación encubierta en sus trabajos y para los empleadores que intentan eludir responsabilidades laborales.

También es una advertencia para los empleadores para que eviten enfrentar consecuencias legales por el uso indebido de figuras contractuales.

Este tipo de prácticas, en el largo plazo, pueden perjudicar las finanzas de las empresas, quienes en su afán por ahorrarse unos pesos son condenadas a pagar enormes sumas de dinero, o incluso, tener que asumir el pago de pensiones vitalicias, de su propio bolsillo y su patrimonio familiar.

Conclusión.

La historia de los corteros de caña nos enseña que luchar por la justicia laboral es posible y que, con determinación y paciencia, se pueden obtener resultados positivos.

Conocer y defender nuestros derechos es fundamental para garantizar condiciones laborales justas.

La lucha por la justicia laboral es una tarea de todos y una responsabilidad de los empleadores para garantizar condiciones dignas para sus trabajadores.

¿Quiere saber cómo lo afecta a usted?