Publicado el 17 de agosto de 2023. Este análisis refleja las normas y la jurisprudencia de esa fecha y puede no incluir cambios posteriores, como los de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), que aún no está vigente.
En Colombia, la devolución de aportes pensionales representa un mecanismo financiero que permite a los ciudadanos acceder a los recursos que han invertido a lo largo de su vida laboral en el sistema pensional, especialmente cuando no logran cumplir con todos los requisitos para acceder a una pensión.
Esta modalidad, aunque menos conocida que las pensiones tradicionales, ofrece una alternativa para aquellos trabajadores que, por diversas circunstancias, no alcanzan las semanas necesarias de cotización.
Es esencial entender este derecho, ya que es el reflejo de años de esfuerzo y trabajo.
Con la creciente informalidad laboral y la volatilidad del empleo, cada vez más colombianos podrían beneficiarse de este proceso, garantizando así que sus aportes no se pierdan en el sistema.
Devolución de aportes pensionales. ¿Qué son y cómo reclamarlos?
En Colombia, la devolución de aportes pensionales representa un mecanismo financiero que permite a los ciudadanos acceder a los recursos que han invertido a lo largo de su vida laboral en el sistema pensional, especialmente cuando no logran cumplir con todos los requisitos para acceder a una pensión.
Pero, ¿qué pasa si falleces sin dejar pensión? ¿A dónde va ese dinero?
¿Qué es la devolución de aportes?
La devolución de aportes pensionales en Colpensiones es conocida técnicamente como «Indemnización sustitutiva de la pensión de vejez» y corresponde, cómo dije antes, a los aportes acumulados durante tu vida para acceder a la pensión y que, en caso de no cumplir los requisitos mínimos para ellos, se te devuelven al cumplir por lo menos la edad reglamentaria.
En los Fondos Privados, se conoce como devolución de aportes.
Característica principal de la devolución de aportes y sus modalidades.
Es un reconocimiento económico a un afiliado al régimen de prima media con prestación definida y corresponde a las cotizaciones realizadas durante toda la vida laboral.
Existen 4 modalidades de devolución de aportes, a saber:
Indemnización sustitutiva de pensión de vejez. Aplica cuando no se cumplen las semanas de cotización, pero sí la edad.
Indemnización sustitutiva de pensión de invalidez. Aplica cuando se declara invalidez, pero no se ha cotizado suficiente.
Indemnización sustitutiva de pensión de sobreviviente. En caso de fallecimiento sin cumplir requisitos para pensión de sobrevivientes.
Compatibilidad entre pensión y devolución de aportes. Solo en caso de invalidez o fallecimiento por accidente o enfermedad laboral.
¿En qué casos pierdes este dinero y cuándo prescribe el derecho?
El dinero de tus aportes pensionales se pierde cuando:
Falleces sin beneficiarios con derechos a pensión o a reclamar la indemnización.
No se reclama la indemnización en tiempo y forma.
En cuanto a la prescripción, hay controversia jurídica entre la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional porque según la primera, el derecho prescribe en tres años y según la segunda, es imprescriptible.
¿Cómo se calcula el monto de la devolución de aportes pensionales?
Para determinar el monto se toma en cuenta lo siguiente:
Todas las semanas cotizadas ante Colpensiones.
Cotizaciones antes de la ley 100 de 1996.
Una fórmula específica descrita en la ley.
De acuerdo con la norma, la fórmula que permite cómo se calcula la indemnización es:
I = SBC x SC x PPC
Donde:
SBC: Es el salario base para la liquidación de la cotización semanal, se promedia conforme a los criterios del Decreto 1158 de 1994, utilizando como referencia las cotizaciones realizadas por el afiliado a la entidad encargada del reconocimiento. Además, este se actualiza anualmente, tomando en cuenta la variación del IPC, conforme a la certificación proporcionada por el DANE.
SC: Es la suma de las semanas cotizadas a la administradora a realizar el reconocimiento.
PPC: Se refiere al cálculo promedio basado en los porcentajes que el afiliado ha aportado, por concepto de riesgos asociados a vejez, invalidez o fallecimiento por causas comunes, a la entidad que realizará el reconocimiento.
Conclusión.
La devolución de aportes es un derecho al que puedes acceder, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el gobierno de Colombia.
