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Pensiones · Publicado el 10 de agosto de 2023

Bonos pensionales: qué son y cómo redimirlos

Publicado el 10 de agosto de 2023. Este análisis refleja las normas y la jurisprudencia de esa fecha y puede no incluir cambios posteriores, como los de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), que aún no está vigente.

Los bonos pensionales son beneficios en dinero que, un ciudadano puede reclamar cuando cumpla la edad para pensionarse o los requisitos para recibir la pensión de vejez.

Este beneficio no es para todo el mundo y tiene una característica especial que lo hace exclusivo para determinadas personas.

¿Qué son los bonos pensionales?

Los bonos pensionales son títulos valores que representan, en dinero, tus tiempos laborados y tus aportes al antiguo régimen pensional en el cual estuviste antes de la Ley 100 de 1993.

Por ejemplo, el Instituto de Seguros Sociales (ISS), las diferentes cajas o fondos de ese entonces, o incluso los tiempos servidos a las empresas públicas y privadas que reconocían las pensiones.

Característica principal delos bonos pensionales.

Los bonos pensionales se caracterizan porque se asemejan a cheques posfechados expresados en peso y que solo pueden ser utilizados para aumentar el capital de tu cuenta de ahorro individual en los fondos privados.

Estos bonos se podrán redimir junto con tu pensión al cumplir todos los requisitos exigidos. En caso de solo cumplir con la edad, podrás solicitar la redención junto con la devolución de saldos.

¿Quiénes tienen derecho al bono pensional?

Tienen derecho al bono pensional, aquellas personas hoy afiliadas a los fondos privados de pensión que cumplan con algunos de los siguientes requisitos:

  • Haber estado vinculadas al Instituto de Seguros Sociales, hoy Colpensiones, o a las cajas o fondos de previsión del sector público.

  • Haber estado vinculadas al Estado o a entidades descentralizadas como servidor público.

  • Haber estado vinculadas por contrato de trabajo con una empresa que tenga o tuviera, en aquella época, a su cargo, el reconocimiento y pago de las pensiones.

  • Haber estado afiliadas a cajas previsionales del sector privado que tuvieran a su cargo exclusivo el reconocimiento y pago de pensiones.

  • Haber cotizado por lo menos 150 semanas (equivalente a 3 años) a las entidades, cajas, fondos o empresas mencionadas, anteriormente,

Tipos de bonos pensionales.

En Colombia existen 5 tipos de bonos pensionales, de los cuáles te hablaré a continuación:

Bono tipo A: Es el que se da cuando una persona se traslada del Régimen de Prima Media con prestación definida al Régimen de Ahorro Individual. Es decir, que se expide a aquellas personas que se trasladan del fondo público de pensiones a alguno de los fondos privados existentes.

Bono tipo B. Se da cuando se trasladan servidores públicos al Régimen de Prima Media y corresponden a aportes efectuados a otras cajas o fondos diferentes al extinto Seguro Social, hoy Colpensiones, y que obedecen a tiempos laborados por servidores públicos en entidades que no aportaban a dicho régimen.

Bono tipo C. Aplica para traslados del Fondo de Previsión Social del Congreso, es decir, tiene que ver con funcionarios del Congreso de la República.

Bono tipo E. Es un bono que tiene que ver con los servidores de Ecopetrol.

Bono tipo T. Tiene que ver con la financiación de pensionados ex servidores públicos beneficiarios del régimen de transición. 

¿Cómo y cuándo se puede redimir el bono pensional?

La Administradora de Fondo de Pensiones es la encargada de redimir el Bono Pensional,y se podrá dar de dos formas: La redención anticipada y la redención normal.

Redención anticipada.

Se presenta cuando hay invalidez o muerte del Afiliado y cuando has cumplido la edad, pero no cumples los demás requisitos para pensionarte.

En este caso, podrás reclamar su redención junto a la devolución de saldos a que hubiere lugar. Es decir, que te entreguen la suma representada en tu bono pensional junto a los ahorros y rendimientos acumulados.

Redención normal.

Esta modalidad es un poco más compleja.

Para hacer efectivo el bono se toma como fecha de referencia la fecha más lejana, de las siguientes:

  • A los 60 años si es mujer; o a los 62 años si es hombre.

  • 500 semanas después de la fecha de corte, si al 1 de abril de 1994 la persona tenía más de 50 años en el caso de las mujeres y más de 55 años para los hombres.

  • La fecha en que completaría 1000 semanas de vinculación laboral válida.

Conclusión.

El bono pensional es un título valor representativo de tiempo y dinero que contribuye a formar la masa de capital para que un afiliado al Sistema General de Pensiones, se pueda pensionar. 

No es un capital de libre disposición porque deberás esperar a que se cumplan los requisitos para solicitar su redención, y del cual en general son beneficiarios los afiliados a fondos privados.

¿Quiere saber cómo lo afecta a usted?