La reforma pensional (Ley 2381 de 2024) se ha aplazado, se ha demandado y se está corrigiendo, y cada cambio toca las semanas, la mesada y los ahorros de millones de personas. Este análisis resume lo que rige hoy y las preguntas que más nos hacen.
Información general, actualizada al 25 de septiembre de 2026 y sujeta a las decisiones pendientes de la Corte Constitucional y del Congreso. No reemplaza el estudio de su caso.
¿Qué rige hoy?
| Fecha | Qué pasa |
|---|---|
| Hoy | Rige la Ley 100 de 1993. La reforma aún no está vigente: sus derechos se definen con las reglas actuales. |
| 29 de octubre de 2026 | Vence el plazo del Congreso. La Cámara debe corregir nueve artículos devueltos por la Corte, entre ellos la reducción de semanas por hijos. |
| 1 de abril de 2027 | Vigencia prevista, según la fecha fijada por la Corte Constitucional en la Sentencia C-264 de 2026. |
| ¿2028? | Hacienda y Colpensiones pidieron a la Corte mover la vigencia al 1 de abril de 2028. |
Seis preguntas que hoy definen su pensión
1. Estoy cerca de pensionarme: ¿quedé en el régimen de transición?
Si completa 750 semanas (mujeres) o 900 (hombres) antes de que la reforma entre en vigencia, se pensiona con las reglas de la Ley 100. La fecha de corte depende de cuándo empiece a regir la reforma. Ley 2381 de 2024, art. 75.
2. Estoy en un fondo privado: ¿todavía puedo volver a Colpensiones?
La ventana de traslado que abrió la reforma cerró el 16 de julio de 2026. Queda la vía judicial: la demanda de ineficacia del traslado, que no prescribe si el fondo no le informó de forma completa. Ley 2381, art. 76; Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral.
3. ¿Cuántas semanas necesitan las mujeres para pensionarse?
En 2026 se exigen 1.250 semanas. La cifra baja 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 en 2036. La reducción de 50 semanas por hijo todavía está pendiente en el Congreso. Corte Constitucional, C-197 de 2023.
4. Si no completo las semanas, ¿me devuelven mis ahorros?
Hoy sí. Con la reforma, quien tenga entre 300 y 999 semanas recibiría una renta de máximo el 80 % del salario mínimo, que no se hereda. Ley 2381, art. 18.
5. ¿A dónde irán mis aportes?
Con la reforma, todos cotizarán a Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos ($4.027.082 en 2026), y lo que exceda irá a un fondo privado. Vale la pena revisar cómo cambia su mesada. Ley 2381, arts. 19 y 20.
6. Me pensioné en un fondo privado y mi mesada es baja: ¿puedo hacer algo?
En abril de 2026 la Corte Suprema definió cómo deben indemnizar los fondos a los pensionados que no recibieron información completa cuando se trasladaron. Corte Suprema de Justicia, SL168 a SL177 de 2026.
Regreso a Colpensiones: no a todos les conviene
Si usted se trasladó a un fondo privado sin información clara y completa, puede demandar la ineficacia del traslado a cualquier edad. Pero antes de firmar contratos o poderes conviene estudiar su historia laboral, sus ingresos, su edad y sus semanas, para saber en cuál de estos grupos está:
- Recibiría la misma mesada en el fondo privado y en Colpensiones: no tiene sentido demandar.
- Le conviene quedarse en el fondo privado: no tiene sentido demandar.
- Su mesada sería mucho más alta en Colpensiones: conviene demandar.
Si usted es mujer de 47 años o más, u hombre de 52 años o más, y su ingreso promedio es de dos salarios mínimos o más, es más probable que esté en el tercer grupo. Para saberlo, solo necesitamos su historia laboral. Si no la tiene, le ayudamos a obtenerla.
